¿Cómo es la democracia que hoy se plantea para desarrollar el artículo 129.2 de la
Constitución y dejar de ser una anomalía en Europa?

Este viernes, 1 de mayo, celebramos el Día del Trabajo. En esta ocasión, el lema escogido por las Organizaciones sindicales “Derechos, no trincheras. Salarios, vivienda y democracia”, nos ha dado pie a reflexionar acerca de si nuestra democracia está completa sin un desarrollo del principio de participación en la empresa (voz y propiedad) que la Constitución Española lleva en su artículo 129.2., el mismo en el que se insta a fomentar mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas.
Existen diversos modelos legales en países de nuestro entorno que regulan y hacen posible la participación de los trabajadores en las empresas. Hay ejemplos diversos con mayor o menor grado de influencia y participación de la fuerza del trabajo: desde el acceso a información, la consulta, hasta la participación en el capital y los resultados, la cogestión o codecisión en órganos de gobierno.
Casi 50 años después de aprobarse el artículo 129.2, en nuestro país se ha abierto el debate acerca de la idoneidad y, sobre todo, de cuál habría de ser el desarrollo legislativo que este precepto puede y debería alcanzar. Se debe dar respuesta a preguntas como ¿Qué tipo de participación debe priorizarse? ¿Cómo afectaría esta participación en los diversos modelos de empresas (públicas, privadas, grandes, pequeñas)? ¿Qué ventajas y qué inconvenientes pueden tener los diversos modos de participación para los trabajadores, para sus empresas, para la sociedad? ¿Debería regularse la participación o sólo incentivarse?.
Con todo, este nuevo debate debe servir para mejorar la gobernanza empresarial y la calidad de las decisiones y, con ello, caminar hacia un paradigma empresarial más productivo, equitativo y resiliente. Y, al parecer, la polémica está servida.
BLOG FEVECTA 27/04/2026
